JVR: Para inventar historias y comer pescado...
Las recientes declaraciones de la intendenta Jacqueline Van Rysselberghe sobre su postergada y eventual acusación constitucional dan mucho que pensar sobre la sempiterna impunidad política que ha existido en nuestro país. “Esa acusación constitucional carece de todo sustento” señala ella, luego de ser acusada de presuntas irregularidades en la gestión de subsidios habitacionales para pobladores no damnificados por el terremoto. ¿Existe base para entablar una acusación constitucional en contra de la imaginativa intendenta? Desde luego que no se le imputan delitos de traición, sedición, malversación de fondos públicos y concusión, tal como lo exige el artículo 52 N°2 letra e) de la Constitución Política del Estado. Se le acusa simplemente de vulnerar lo dispuesto en el artículo 8° inciso primero de la Constitución Política del Estado : “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar irrestricto cumplimiento al principio de probidad en t...